lunes, 7 de marzo de 2011

Educación pública: ¿la de todos?

José J. Brunner publicó una columna sobre el sistema holandés de educación pública, sugiriéndolo como un referente a mirar para la discusión nacional. Con esta propuesta, Brunner quiere ayudar a despejar el debate en torno a la educación municipal como la educación pública por antonomasia y, en reemplazo, afirma que la educación privada subvencionada también es educación pública. El párrafo medular de lo señalado por Brunner es el siguiente:

¿Qué sentido tiene definir la educación pública como aquella provista exclusivamente por colegios municipales, excluyendo a más de la mitad de los alumnos que se educan en colegios financiados por el Estado, pero de propiedad y gestión privadas? La respuesta es: ninguno.

Por el contrario, al proceder así, se confunde la educación pública con un solo tipo de sostenedor, con un segmento minoritario de niños y jóvenes, con una modalidad burocrática de administración, con la fracción de maestros regidos por el estatuto docente y, en general, con un entorno declinante del sistema escolar.

Al mismo tiempo, se transmite la equivocada idea que la educación privada subvencionada no es una responsabilidad pública, que sus alumnos no necesitan la atención preferente del Estado y que conviene reservar la prioridad educacional del Gobierno únicamente para la franja de escuelas municipales, como si los colegios privados subvencionados no enfrentaran similares problemas de calidad, rendimiento, equidad y efectividad.

Al final del día, entonces, en vez de existir en Chile una política coherente para la educación pública, o sea, para el 93% de la matrícula, lo que hay son contradictorias políticas para sectores y subsectores de colegios y sostenedores, sin real sentido del bien común.


Posteriormente, Brunner se ocupa de exponer algunos de los principales rasgos del sistema holandés, cerrado con un dato: en ese país, el 70% de la matrícula total asiste a establecimientos de propiedad y gestión privada, pero con financiamiento estatal.

Siendo siempre indispensable mirar detenidamente cómo funcionan otros sistemas escolares para aprender de ellos, lo que me interesa argumentar acá es que el artículo de Brunner resulta representativo de un debate político y académico recurrente: qué y quién define lo público. Al respecto, sugiero las siguientes consideraciones:

  1. Una primera distinción formal entre establecimientos privados y públicos subvencionados, evidentemente es la basada en la propiedad y gestión (administración). Son públicos los establecimientos de propiedad y gestión o provisión estatal (o municipal); no lo son aquellos cuyo dueño es una persona individual o una organización privada. Esta es la clasificación predominante en Chile y que es usada para diversos efectos, entre ellos, la publicación de resultados SIMCE.
  2. Una segunda forma es la que se basa en el financiamiento. Si los recursos son estatales, entonces con independencia de quién es el dueño y de quién es responsable de la provisión y gestión del servicio, serán públicos todos los establecimientos que reciban financiamiento estatal; por consiguiente, desde este punto de vista, un liceo municipal y un centro educativo de administración privada que reciben la subvención estatal, serán igualmente públicos.
  3. Una tercera vía es la de la responsabilidad/responsabilización. En este caso, son públicos todos los establecimientos cuya gestión y resultados son responsabilidad del Estado. Cabe acá agregar que la responsabilidad implica no sólo proveer generar las normas y los recursos financieros, sino también monitorear los procesos, asegurar un cierto estándar de calidad en los insumos y en los profesionales y, por cierto, responder por los resultados.
  4. Una cuarta vía parece más abstracta y refiere a los fines y valores de la educación: es pública la educación que a todos asegura oportunidades y resultados educativos de calidad tal que provea a cada uno las capacidades de base necesarias para la integración social y el desarrollo de su proyecto personal. En buena cuenta, es aquella educación sostenida por el Estado, que es de todos y a todos sirve, que busca garantizar un "piso de igualdad" para todos, con independencia de su origen social. Para ello, se suele decir que es esencialmente pública la educación que no tiene barreras de entrada y permanencia (vale decir, que es gratuita, no selecciona ni establece formas de discriminación).
  5. Lo que tienen en común las tres primeras formas es que pueden ser agrupadas como clasificaciones basadas en la organización y estructura del sistema escolar. Son formas basadas en lo que algunos teóricos situarían como el "modo de regulación" o, más genéricamente, las regulaciones. Buena parte de la discusión nacional gira en torno de este tema: las reglas del juego y la estructuración del sistema escolar -basada en principios más afines a la provisión de bienen privados en un mercado, tales como la competencia, la propiedad privada, el lucro y la libertad de elección- deben ser reformadas para mejorar la calidad de la educación. La promulgación de la Ley General de Educación (LGE) en 2009 y la reciente reforma a diversas normas (como el Estatuto Docente y la ley de subvenciones) son expresiones de este debate. La opinión de Brunner, donde rechaza por infecunda la idea que defiende la educación municipal como la educación pública, no hace sino reemplazar una fuente de clasificación (la propiedad y administración) por otra, a saber, la fuente del financiamiento y la responsabilidad por la calidad de procesos y resultados. Más claramente, es pública la educación que tiene financiamiento estatal y de la cual el Estado es responsable de cautelar y asegurar su calidad.
  6. Pero resta la cuarta forma de comprender la educación pública: la de los fines y valores, de la gratuidad, de la no selección y de la prohibición de toda forma discriminación que reste a cada niño, niña o joven las oportunidades y capacidades cuyo desenvolvimiento es exigible al sistema escolar. Por cierto, una condición esencial es que estos fines tengan traducción operativa, esto es, que sean instrumentados en la estructura, la organización, las reglas del juego, el financiamiento y la responsabilización en el sistema escolar.
  7. Sin embargo, esta traducción operativa no basta. Se requiere que los actores (especialmente las familias de sectores de pobreza que buscan una buena educación gratuita y también los docentes que se desempeñan en escuelas y liceos públicos) reconozcan que aquellos establecimientos, sostenedores y docentes que se dicen parte de la educación pública, se conduzcan como tal, es decir, que los fines y valores que dicen compartir, que guían y justifican sus decisiones, sean auténticamente propios de la educación pública.
  8. Esto es lo que en teoría se conoce como la "narrativa" del sistema escolar y, en particular, de la educación pública. Si las regulaciones refieren a la estructuración y las reglas del juego y, por cierto, a la responsabilidad del Estado en el aseguramiento de la calidad y equidad del sistema escolar, la narrativa, en cambio, busca dar cuenta del relato colectivo o los significados que cotidianamente o que desde el sentido común se asocian con la educación pública.
  9. El problema del argumento de Brunner sobre la educación pública es que los actores que buscan en las escuelas y liceos privados financiados y regulados por el Estado, los atributos propios de lo público, sencillamente no los encuentran. Es decir, no reconocen en estos establecimientos privados subvencionados la narrativa de la educación pública porque allí hay cada vez menos gratuidad y persisten diversas formas de selección y discriminación. Más aun, suele ocurrir que los sostenedores, directivos y docentes de la educación privada subvencionada no se identifiquen como parte de la educación pública. En otras palabras, el grupo de sostenedores, directivos, docentes y familias que forman la educación privada subvencionada en Chile saben que tienen diferencias mensurables y observables con quienes constituyen la educación municipal, pero además saben que ellos forman un grupo distinto; saben que ellos están dentro de la educación privada y fuera de la educación pública (municipal). Y más: saben que ellos hablan, sienten y actúan como si fuesen un grupo distinto de los que están en la educación municipal. Por eso Brunner se equivoca.



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