sábado, 6 de septiembre de 2014

Fin del lucro, la selección y el financiamiento compartido. Análisis del Centro de Políticas Públicas UC

"El Centro de Políticas Públicas UC convocó a los académicos de la universidad Alejandro Carrasco, Carolina Flores, Jorge Manzi, Ricardo Paredes y Verónica Santelices para reflexionar en torno a este proyecto de ley. Específicamente analizaron las consecuencias previsibles de estos cambios en segregación, discriminación, diversidad de opciones, así como las consecuencias potencialmente indeseadas a la hora de implementar la normativa y la importancia de estos cambios en un contexto de reformas que buscan potenciar la educación pública", dice el encabezado de la nota donde se presenta un documento de 17 páginas con el análisis de los académicos mencionados, acerca de cada una de las iniciativas que incluye el proyecto de ley presentado por el gobierno

El trabajo de los académicos se centró en revisar las consecuencias o efectos que tendría la implementación del proyecto en la reducción de la segregación escolar y la discriminación, así como en la diversidad de opciones (de elección y de proyecto educativo), todas aspiraciones de la iniciativa gubernamental. El documento analiza además los problemas y eventuales consecuencias indeseadas que tendría el proyecto y sugiere algunas opciones. Las conclusiones del trabajo de los académicos se puede resumir del siguiente modo:
  1. Una de las primeras advertencias del documento es que el proyecto resulta limitado y que, para lograr sus propósitos, se requiere un fuerte impulso paralelo de fortalecimiento de la educación pública, cuyo plan concreto aun no se conoce.
  2. Sobre la selección, el proyecto busca terminar con las formas de admisión que imponen barreras y agravan la segregación. Una prohibición de la selección tendría como efecto un aumento de la integración. Sin embargo, el análisis que presenta el documento afirma que el fin de la selección no puede garantizar mayor integración pues las razones de la elección educativa son diversas y, sobre todo en los sectores socioeconómicos bajos, se basan en fuentes de información informal que, al menos en el corto plazo, pueden impedir que conozcan las nuevas oportunidades que abriría el fin de la selección. En este sentido, estas familias tenderían a mantener a sus hijos en los establecimientos actuales.
  3. La exclusión o expulsión de estudiantes, utilizada hoy como mecanismo de discriminación, quedaría fuertemente acotada por el proyecto, lo que podría implicar una limitación al despliegue de los proyectos educativos. Por lo tanto, los autores del documento proponen mantener en los establecimientos esta facultad, exigiendo una explícita justificación de la decisión de expulsión, siempre basada en argumentos y evidencias que prueben que el proyecto educativo se ha visto vulnerado por el estudiante que se quiere expulsar (por ejemplo, por el incumplimiento de reglamentos o actividades sustanciales para la concreción del proyecto educativo al cual la familia ha adscrito antes al matricular al estudiante).
  4. El grupo de académicos señala que no son claros los efectos de la no selección en los procesos y resultados de aprendizaje. El riesgo que advierten en la no selección en los procesos de admisión es que estos procesos se trasladen dentro del establecimiento, generando cursos con alumnos homogéneos (tracking). De este modo, la actual segregación inter escuelas pasaría a ser luego intra escuelas.
  5. Sobre los liceos históricos y artísticos, el grupo señala que el término de la selección en estos liceos puede afectar la calidad promedio del sistema y reducir los pocos espacios de meritocracia que existirían en el sistema escolar. Cabe además preguntarse qué define a un liceo de estas características, además de las razones históricas. La sugerencia es que se mantenga esta posibilidad de seleccionar por mérito académico o talento artístico en estos liceos.
  6. Sobre la implementación de un sistema de admisión a los establecimientos que se base en la no selección por parte de cada escuela o liceo, el proyecto de ley señala que se crearía un sistema único de admisión basado en una plataforma centralizada en la postulación y descentralizada en la asignación, Así, cuando existan más postulantes que cupos, los establecimientos deberán resolver el proceso de forma aleatoria. Sin embargo, faltan precisiones en el proyecto sobre la forma concreta en que todo esto funcionaría. La plataforma sería voluntaria y se mantendría la decisión en los establecimientos, lo que hace suponer que persistirían las formas de selección actual. 
  7. El grupo señala que la literatura internacional advierte sobre lo complejo que es diseñar un sistema de asignación de vacantes con una plataforma única. Según esa literatura, los elementos críticos a tener presente en el diseño serían: a) simultaneidad de la información a los padres, sobre los resultados de las postulaciones y opciones en caso de no quedar en la primera opción; b) procesos de postulación homogéneos en fechas y periodos; c) amplia información sobre los proyectos educativos, basado en información sencilla y comparable, sin incluir menciones sobre composición socio-económica y cultural de la escuela; d) cupos preferentes para hermanos, hijos de funcionarios y para niños con NEE.
  8. También se advierte sobre la dificultad de generar información relevante accesible y utilizable por todas las familias, especialmente las de menor nivel educativo y socioeconómico.
  9. Es necesario precisar cómo se entenderá que una familia adhiere al proyecto educativo del establecimiento. Por lo tanto, la plataforma única debería dedicar parte sustantiva a este foco, de manera que la sola postulación implicaría una preferencia y adhesión al proyecto respectivo.
  10. Los académicos señalan que debería avanzarse hacia un sistema donde la postulación y asignación de vacantes sea de carácter local y centralizados (o sea, no en cada establecimiento).
  11. Sobre el lucro, la iniciativa de ley busca asegurar que todos los recursos estatales se destinen a la educación  y su mejoramiento. Para ello, se establece que en un plazo de 2 años, todas la entidades deberán ser sociedades sin fines de lucro. Se presume que la no búsqueda de lucro debería implicar una mejora en la calidad, pero las medidas propuestas solo apuntan a eliminar el retiro de utilidades, lo que no garantiza que haya mejora de eficiencia ni que se logre mejorar la calidad. 
  12. La reinversión de los recursos públicos en educación (o sea, el no retiro de excedentes) debería considerar una retribución a quienes gestionan establecimientos, lo que no debería ser considerado lucro. Sobre esta premisa, los académicos UC señalan que para lograr este fin, se requiere que haya efectiva fiscalización al retiro y que este mecanismo no genere costos significativos indeseables. 
  13. Otra medida del proyecto de ley es la prohibición de transacciones entre empresas relacionadas y la obligación de ser dueño de los establecimientos. En la opinión de los autores del documento, ello requiere cuidar que no hay rigideces innecesarias y que se debería considerar la posibilidad de un arriendo del inmueble a costos regulados por el Estado. 
  14. La posibilidad de enajenar propiedades por parte del Estado también es cuestionada, pues entre el precio de mercado del inmueble y el precio fijado por el Estado hay diferencias relevantes que pueden llevar a la judicialización en caso de desacuerdo. El aspecto crítico es la tasación. Igualmente, se cuestiona la figura del descuentos en la subvención por 12 años, lo que sería muy costoso para los colegios y podría afectar la operación del los mismos.
  15. También, dice el documento, debería permitirse el arriendo entre partes no relacionadas.
  16. Sobre el copago, la argumentación de la relación de éste con la segregación se considera insuficiente porque sugiere que eliminando el financiamiento compartido se acabaría con la segregación. El documento se concentra en discutir este punto, señalando que hay otras formas de segregación (como la residencial y las preferencias de las familias) que no se ven alteradas por este proyecto, por lo que persistirá la segregación. Se postula que se debe mejorar la información a las familias de manera que éstas tomen decisiones más racionales. Se advierte además del riesgo de alentar la migración de establecimientos municipales y privados subvencionados sin copago a otros que previamente cobraban copago, afectando así a la educación municipal.
  17. También se recomienda ampliar la ley SEP al 80% de alumnos más vulnerables para favorecer la integración social, pues los resultados preliminares de la movilidad estudiantil previa y posterior a la ley SEP muestran que entre los alumnos del 10% más vulnerable a aumentado la integración en un 10%.  
  18. Otra recomendación de los académicos es permitir el copago mientras no se determine el "estándar de calidad óptimo", factor que debería definir el monto mínimo de la subvención. Solo cuando el Estado garantice este financiamiento, se debería terminar el copago.




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