viernes, 21 de diciembre de 2012

Acreditación de la Educación Superior en Chile

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El debate es amplio y ha sido difundido hasta el hartazgo. Por cierto, las miradas son interesadas y buena parte de ellas intenta criticar la acción de los actores de ayer o de hoy, según sea la militancia del comentarista. El gobierno de Chile intentó regular la agenda, pero se vio superado por la coyuntura, sobre todo luego de la renuncia del Ministro Ribera, cuestionado por actuaciones que parecen estéticamente reprochables (digamos que aun falta probar si hay delito o irregularidad administrativa en ellas).

Pues bien, ayer se anunció un proyecto de ley que busca reformar el sistema de acreditación de la educación superior chilena. Por ahora, es un anuncio y no se conoce el proyecto en sí, lo cual ya es una nota característica de la política comunicacional del actual gobierno (o sea, anunciar solo los titulares de lo que va a hacer).

En lo esencial, el sistema de acreditación actual opera en dos modalidades: una institucional (radicada en la Comisión Nacional de Acreditación CNA) y otra de programas (carreras), en manos de agencias privadas que operan en una suerte de mercado. El principal cuestionamiento de estos días remite a la CNA, pero antes también se ha criticado a las agencias privadas, básicamente porque hay un muy tenue límite entre las universidades y las agencias, las que no pocas veces comparten o intercambian profesionales, sin que medie un adecuado periodo de moratoria entre ambas responsabilidades. Hay que decir además que el cuestionamiento a la CNA es, por extensión, una crítica al modelo de acreditación por agencias, puesto que el aval o ministro de fe de la calidad de las acreditaciones de carrera efectuadas por agencias es la hoy muy devaluada CNA.

La acreditación institucional y de programas esta regulada por una ley que, como todas, es fruto de las transacciones que hicieron posible su aprobación. Por consiguiente, su forma definitiva es el resultado de esa negociación y no necesariamente responsabilidad exclusiva del gobierno de turno. En el caso de la acreditación institucional, la modalidad vigente señala como obligatoria la revisión y evaluación de la gestión institucional y de la docencia de pregrado. Son voluntarias, en cambio, la gestión de la vinculación con el medio, la docencia de postgrado y la investigación. Se puede decir, entonces, que para la ley actual, una institución de educación superior, para ser acreditada como tal, debe satisfacer ciertos mínimos de gestión y prestar servicios de docencia conducentes a un título profesional. Esto es aplicable tanto para los centros de formación técnica (CFT), los institutos profesionales (IP) y las universidades.

Ahora bien, este modo de operar hace posible que una institución de educación superior (IES) pregone su calidad de acreditada, sin que existan garantías que dicha calidad se despliega en toda su oferta ni sedes; dicho de otra forma, una IES puede ser adecuadamente gestionada y tener bien estructurados sus procesos generales o transversales de gestión de la docencia conducente a título, pero de ello no se puede colegir que una determinada carrera provea una formación de calidad. Más claramente, las carreras -salvo Medicina y Pedagogía- no tienen acreditación obligatoria, lo que significa que alguna IES puede estar titulando a ingenieros, abogados o sociólogos sobre la base de programas formativos cuya calidad es un misterio.

Pero el problema de la acreditación institucional y de carreras no está solo en el proceso y su singular lógica interna. El foco de corrupción más frecuente es la vinculación que el Estado hizo entre la obtención de los subsidios y ayudas estatales y la mentada acreditación. Los casos de acreditaciones cuestionables de universidades estatales y privadas que se han denunciado se deben a este vínculo perverso.

El tercer foco problemático es la composición de la CNA, hoy marcada por una representación de los mismos actores evaluados. Así de claro: basados en la ley actual, las propias IES designan representantes que gestionan a la entidad que luego los evaluará. Por esta vía, el lobby y la captura (la cooptación de los integrates del Consejo de la CNA por parte de las IES) no pueden sino debilitar el tejido del sistema de accountability que subyace en la acreditación.

Estos son los problemas que parece querer atacar el proyecto de ley que enviará el gobierno al Congreso: a) composición de la CNA y b) contenido y despliegue de la acreditación. En la información gubernamental hasta ahora conocida se mantiene la relación entre la calidad de IEs acreditada y la posibilidad de acceso a recursos públicos. De acá se deduce una hipótesis: el problema no es el vínculo entre acreditación e financiamiento garantizado por el Estado; el problema son los incentivos y consecuencias del fraude.

Por otra parte, para evitar los conflictos de interés, el proyecto anunciado modificará la forma en que será conformada la CNA (será por el sistema de alta dirección pública y por designación presidencial, según dicen) y, con igual objetivo, también suprimirá la participación de las agencias privadas en la acreditación de carreras obligatorias. Ello porque, en el futuro esquema, la acreditación se hará más comprehensiva y, basada en estándares mínimos, juzgará tanto factores institucionales como de gestión de carreras, entre ellas la de acreditación obligatoria (Pedagogía y Medicina) y otras definidas aleatoriamente.

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