
En lo esencial, el proyecto de ley insiste en la creación de Agencias Locales de Educación, basadas en un re-agrupamiento de municipios y en la configuración de una matrícula basal. Define también un calendario gradual de implementación de esta nueva agrupación, a partir del año 2 de implementación de la ley, comenzando por las regiones extremas y cerrando al quinto año en la región metropolitana. Afirma que este calendario de transferencia de establecimientos municipales a las nuevas Agencias es obligatorio, salvo para municipios de buen desempeño (art.2 transitorio). Además pretende derogar parte del Estatuto Docente, pues afirma que los nuevos docentes contratados por estas Agencias se regirán por el Código del Trabajo (artículo 5 transitorio). Las reacciones a estas medidas han sido diversas y, en general, críticas, sea porque no hay evidencia que sustente el diseño propuesto, sea porque se trató de una propuesta elaborada sin participación de alcaldes, especialistas u otros actores relevantes. El Colegio de Profesores, en particular, ha rechazado la propuesta calificándola como "travestista".
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