lunes, 7 de diciembre de 2015

¿La desmunicipalización es una reforma de la administración de la educación estatal?

El Observatorio Chileno de Política Educativa (OPECH), un centro dependiente de la FACSO (Universidad de Chile), ha publicado en su sitio una opinión sobre el proyecto de reforma de la educación pública, titulada "Reducir lo público a la gestión es matar la educación pública: sobre el proyecto de ley que crea el sistema de educación pública". En ella sostiene:
  1. "Esta nueva propuesta es absolutamente insuficiente respecto a los alcances de lo que debiera ser una Nueva Educación Pública; más aún, mantiene y refuerza lógicas de administración privada en la educación, presente en otras leyes tales como la Ley de Subvención Escolar Preferencial y la Ley de Calidad y Equidad."
  2. "Por lo tanto, se reduce a 'modernizar la gestión' de lo público. Además, las escuelas públicas siguen condicionadas a convenios por resultados, y por lo tanto anula cualquier discusión sobre el sentido de lo público en Educación. En último término, y tal como se ve el panorama de la discusión legislativa, con este proyecto se sepulta la discusión sobre Educación Pública."
  3. Se mantiene el sistema de financiamiento a la demanda.
  4. Se mantiene la igualdad de trato entre proveedores públicos y privados.
  5. No se discute el sentido de lo público.
  6. No propone un sistema articulado entre niveles de enseñanza.
  7. Como no hay proyecto educativo, el SIMCE sigue siendo el parámetro de calidad.
  8. No promueve el aumento de la matrícula de la educación pública.
  9. Se crea una estructura que desresponsabiliza al Estado, pues propone Servicios Locales de Educación (SLE) y no empodera al MINEDUC.
  10. Propicia una sistema de participación reducido al Consejo Escolar, desconociendo otras instancias, tales como sindicatos, asambleas estudiantiles y Colegio de Profesores.
  11. "En síntesis, este proyecto posiciona a la educación pública como un problema de procedimientos y no de sentido y fines de la Educación. Si bien hace críticas a las reformas mercantilizadoras, este proyecto no altera ninguno de los pilares estructurales del neoliberalismo educativo, una de cuyas consecuencias es justamente el Nuevo Management Público: es decir, lógicas privadas de administración para el sistema público."
¿Es razonable lo que plantea? Como en casi todo, parece que la respuesta es sí y no. Por de pronto, el artículo tiene una redacción apresurada y no desarrolla afirmaciones categóricas como aquella que sostiene que el proyecto no discute el sentido de lo público o que no propone un sistema articulado de enseñanza (¿por qué el lugar de esta discusión es el proyecto de nueva educación pública?). Ante ello, la pregunta previa es si este proyecto en sí mismo debe discutir el sentido de lo público o si acaso esta discusión no se dio en el contexto del debate de la Ley de Inclusión y seguirá dándose en este proyecto. Lo que sí queda claro en la postura de la OPECH, es que asimila lo público a lo estatal y -más todavía- a una comprensión de lo público como aquello que es finalmente administrado por el Estado central, como si los municipios no fueran parte del Estado o como si los nuevos SLE no pasaran al formar parte del aparato estatal. 

Una segunda convicción lleva a la OPECH a postular que los sindicatos, asambleas estudiantiles y el Colegio de Profesores deberían tener un rol en la gestión de la educación pública. Como sugiere el elogio al carácter resolutivo del Consejo Escolar en algunas materias, la opinión de la OPECH sería que estos órganos de participación deberían incidir decisivamente en la marcha de la educación pública, lo que de algún modo es contradictorio con la demanda de mayor protagonismo del Estado central pues es evidente que sindicatos y asambleas son organizaciones o instancias locales ¿Cómo se resuelve la tensión entre facultades resolutivas del gobierno central y participación local sustantiva?

La tercera afirmación de base del artículo es que la gestión estatal de la educación pública es la solución. Por lo tanto, habría que rechazar herramientas como los convenios de desempeño porque ellos incuban el virus del "managerialismo" o del "eficientismo" propio de la empresa privada. Acá se incurre en el maniqueísmo según el cual lo estatal es virtuoso y lo privado es perverso. Y se olvida que usar herramientas de gestión de amplia difusión en el sector privado (incluso en ONGs o fundaciones) no significa entregarse al mercado o negar el carácter público de lo estatal.

Lo que sí suena razonable es enfatizar que hay un riesgo cierto en discutir una reforma a la educación pública sin abordar la modalidad de financiamiento por matrícula y asistencia media. No se trata que de suyo el financiamiento a la demanda sea nocivo (no son pocos los que propician un sistema mixto, donde haya un componente de financiamiento basal y otro componente sujeto al tamaño de la matrícula y/o a los resultados de gestión), sino de advertir que la viabilidad de cualquier formato de nueva educación pública exige revisar el financiamiento que la sustente. La fórmula de cálculo de los SLE asume un tamaño de matrícula y de establecimientos, pero es claro que no hay forma de garantizar que esa realidad de base (por ejemplo, 18.000 alumnos y 34 establecimientos) se vaya a mantener en el tiempo: la libertad de elección de las familias implica que su decisión de matricularse o permanecer en una escuela pública, no puede ser controlada. Por consiguiente, es inevitable preguntarse cómo se sostendrán los nuevos SLE en dicho escenario.


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Gracias por tus comentarios